Es la que concede un banco español a quien compra una vivienda en España sin residir fiscalmente aquí. El préstamo es el mismo que el de cualquiera; lo que cambia son el porcentaje que te financian, los papeles que te piden y los plazos de tramitación.
La diferencia grande está en el LTV, el porcentaje que te prestan sobre el valor de tasación. Donde un residente consigue el 80 %, un no residente suele moverse entre el 60 % y el 70 %. El banco compensa así el riesgo de tener al titular, sus ingresos y su historial fuera de España.
Lo primero, el NIE: sin él no hay compra ni hipoteca posible. Después, la documentación de tu país que acredite ingresos y patrimonio, casi siempre traducida y apostillada. Es papeleo, no un muro: nosotros lo coordinamos por ti y te decimos exactamente qué pedir y a quién.